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Alcaldía Municipal de Puerto Asís, Putumayo

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Instancias de Participacion Ciudadana

  • CONSEJO COMUNITARIO DE MUJERES COMO MECANISMO DE DIÁLOGO FORMAL ENTRE LAS ORGANIZACIONES Y MUJERES Y EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE PUERTO ASÍS


ACTO ADMINISTRATIVO: Acuerdo N° 20 del 30 de agosto de 2021

INTEGRANTES: 
1. Representante de las organizaciones que desarrollan trabajo articulado relacionado con los derechos a favor de las Mujeres
2. Representantes por la diversidad étnica, a saber: 
    a) Una mujer indigena
    b) Una mujer afrocolombiana
3. Una representante de las jóvenes (1)
4. Una representante de las adultas mayores (1)
5. Una representante en razón de la orientación sexual o identidad de género (Lesbianas, Bisexuales y Trans) (1)
6. Una representante de las mujeres en condición de discapacidad (1) 
7 Una representante de las mujeres víctimas del conflicto armado(1)
8. Una representante de las mujeres en servicio sexual(1)
9. Una representante de las mujeres que se desempeñan en alguna de las modalidades o programas del ICBF (Centro de Desarrollo Infantil o Modalidad Familiar) (1)
10. Una representante de las mujeres microempresarias o empresarias (1)  
11. Una representante de las mujeres rurales (1)
12. Una representante de las mujeres excombatientes o reincorporadas (1)
13. Una representante de las mujeres trabajadoras domésticas y/o del cuidado (1)
14. Una de las representantes de las organizaciones de mujeres en el Consejo Territorial de Planeación (1)
15.Una representante de las mujeres que forman parte de las Juntas de Acción Comunal (1) 16. Una representante del consejo de participación ciudadana (1)
17. Una representante del Sector estudiantil (1)
18. Una representante del Sector laboral privado (1) 
19. Una representante del sector urbano (1)
20. Una representante de las académicas o docentes (1) 
21. Una representante de mujeres desplazadas (1)
22. Una representante de mujeres migrantes (1) 
23. Una representante de mujeres artistas (1)
24. Una representante de mujeres deportistas (1)

FUNCIONES:
a) Proponer acciones que mejoren la condición y posición de las mujeres, para que sean integradas a los diferentes instrumentos de planeación generando recomendaciones
los diferentes planes, programas y proyectos derivados de este). territorial (Planes de Desarrollo, y en los diferentes planes, programas y proyectos derivados de este)
b) Generar alertas sobre situaciones apremiantes para la garantía de los derechos de las mujeres de tal  manera que el Gobierno Territorial realicé acciones para su atención oportuna y eficaz.
c) Seguir el desarrollo del principio de igualdad de las diferentes políticas territoriales.
d) Construir recomendaciones para garantizar la igualdad de oportunidades en el territorio.
e) Participar activamente en los diferentes momentos de planeación territorial, para gestionar integración de acciones que garanticen el avance en la igualdad de oportunidades. la
f) Recomendar medidas y programas de actuaciones orientadas a garantizar l a igualdad de oportunidades y los derechos de las mujeres en el ámbito territorial.
g) Generar recomendaciones de inclusión de la perspectiva de género y derechos humanos de las mujeres en los proyectos normativos que sea necesario y eficaz.
h) Promover medidas y formular propuestas a diferentes instancias y organismos de la administración
territorial para realizar la integración del enfoque de género y derechos humanos de las mujeres en sus acciones.
i) Canalizar propuestas, sugerencias o quejas colectivas o individuales para su tratamiento en los órganos territoriales competentes.
j) Contribuir de manera permanente con el mecanismo de género territorial para articular las propuestas recomendaciones con el desarrollo de las políticas públicas del territorio. y
k) Desarrollar acciones de diálogo con otras instancias de la participación presentes en el territorio.
I) Consultar, cuando así lo considere, a diferentes actores de la sociedad civil y/o a la cooperación internacional, para cualquier acción necesaria para el desarrollo de sus funciones.
m) Construir acciones de incidencia política que contribuyan a posicionar los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades en los procesos de planeación territorial.
n) Presentar informes anuales a la base social de mujeres sobre el desarrollo de sus funciones, alcances y barreras para lograr su objetivo.
o) Cualquier otra que se relacione con el cumplimiento de su objetivo.

OFICINA: En las instalaciones de la Secretaría de la Mujer Municipal
CONTACTO: Secretaria del Consejo Comunitario de Mujeres: Esperanza Jamioy cel: 3142257865


COMITÉ DE ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL – CIETI


ACTO ADMINISTRATIVO: Decreto N° 103 del 06 febrero 2024

INTEGRANTES: 

1.Alcalde Municipal

2.Un representante de la dirección territorial del ministerio de a protección social

3.Secretaría de Educación

4.Secretaría de salud

5.ICBF

6.Secretaría de Planeación, Desarrollo y Medio Ambiente 

7.Oficina de Desarrollo social

8.Secretaría de Gobierno

9.Coordinador de Deportes

10.Policía de infancia y Adolescencia

11.Servicio nacional de aprendizaje-SENA

12.Comisaria de familia

13.Secretaría de la mujer

14.Coordinador de cultura

15.Un representante de las cajas de compensación- Foniñez

16.Personero Municipal 


FUNCIONES:

a)Asesorar, coordinar, proponer políticas y programas tendientes a mejorar la condición familiar, social y educativa a los niños, niñas y adolescentes trabajadores o en riesgo y desestimular la utilización de la mano de obra infantil
b)  Proponer, elaborar y articular el plan municipal de acción para prevención, desestimulo y erradicación progresiva del trabajo infantil para los NNA menores de 15 años y la protección del joven trabajador entre quince (15) y diecisiete (17) años de edad, en el marco de la estrategia nacional para prevenir y erradicar las peores formas de trabajo infantil y proteger al joven trabajador 2008-2015.
c)Fortalecer la coordinación y concertación de los programas y actividades, entre las instituciones públicas y privadas municipales y de estas con las departamentales, relacionadas con los niños, niñas y adolescentes trabajadores o en riesgo, a fin de definir alternativas y estrategias que reduzcan o eliminen las causas básicas que generan el trabajo infantil y que promueven la efectividad de la legislación Sobre El Trabajo De Las Personas Entre Quince (15) Y Diecisiete (17) Años.
d)Proponer, Para Su Adopción por las entidades responsables, procedimientos que garanticen la evaluación y el seguimiento del plan municipal de acción para la eliminación progresiva del trabajo infantil y la protección del joven trabajador entre quince (15) y diecisiete (17) años.
e)Articulación de los planes de los comités de erradicación de trabajo infantil con los consejos de política social municipales o departamentales.
e)Las demás que determine el comité y que sean de su naturaleza 

OFICINA: Secretaría de Educación Municipal

COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 

ACTO ADMINISTRATIVO: Decreto N° 102 del 06 febrero 2024

INTEGRANTES: 

1.Alcalde Municipal

2.Secretaría de Gobierno

3.Oficina de desarrollo social

4.Secretaría de Educación

5.Secretaría de salud

6.Coordinador de cultura

7.ICBF

8.Comisaria de familia

9.Personero

10.policía de infancia y adolescencia y gestora de convivencia ciudadana

11.El(la) rector(a) de la institución educativa oficial que el municipio haya obtenido los más altos puntajes en las pruebas saber 11 del año anterior

12.El(la) rector(a) de la institución educativa privada que el municipio haya obtenido los más altos puntajes en las pruebas saber 11 del año anterior

13.Representante de la unidad educativa 


FUNCIONES:

a)Armonizar, articular y coordinar las acciones del sistema con las políticas, estrategias y programas relacionados con su objeto en el municipio, acorde con los lineamientos que establezca el comité nacional de convivencia escolar y la ruta de atención integral para la convivencia escolar
b)Garantizar que la ruta de atención integral para la convivencia escolar sea apropiada e implementada adecuadamente en el municipio, por las entidades que hacen parte del sistema en el marco de sus responsabilidades.
c)Contribuir con el fortalecimiento del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar en el municipio
d)Fomentar el desarrollo de competencias ciudadanas a través de procesos de formación que incluyan además de información, la reflexión y la acción sobre los imaginarios colectivos en relación con la convivencia, la autoridad, la autonomía, la perspectiva de género y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
e)Fomentar el desarrollo de proyectos pedagógicos orientados a promover la construcción de ciudadanía, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
f)Promover la comunicación y movilización entre niños, niñas, adolescentes, padres y madres de familia y docentes, alrededor de la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y prevención y mitigación de la violencia escolar y del embarazo en la adolescencia.
g)Identificar y fomentar procesos territoriales de construcción de ciudadanía en el marco del ejercicio responsable de los derechos humanos. Sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes
h)Coordinar el registro oportuno y confiables de información regional en el sistema de información unificado de que trata el artículo 28 de la ley 1620 de 2013, que permita realizar seguimiento y evaluar las acciones y resultados del sistema en el nivel municipal
i)Vigilar, revisar y ajustar periódicamente las estrategias y acciones del sistema en el nivel municipal. De conformidad con los reportes y monitoreo del sistema información unificado de que trata el artículo 28 de la ley 1620 de 2013 y teniendo en cuenta la información que, en materia de acoso escolar, violencia escolar y salud sexual y reproductiva sea reportada por las entidades encargadas de tal función
j)Formular recomendaciones para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema en el nivel municipal
K)Las demás que defina el comité nacional de convivencia.

OFICINA: Secretaría de Educación Municipal

MESA DE PARTICIPACIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

ACTO ADMINISTRATIVO: Decreto N° 101 del 06 febrero 2024

COMPOSICIÓN DE LA MESA DE PARTICIPACIÓN;
1.Estará compuesta por un numero de 25 ciudadanos y ciudadanas entre 9 a 16 años de cualquier género, etnia, situación de discapacidad, condición socioeconómica, situación de desplazamiento, con afectación por el conflicto armado y vinculación a un proceso administrativo de restablecimiento de derechos(PARD), Entre Otras Situaciones Presentes En El Territorio, En Cumplimiento Del Principio De No Discriminación Reconocido tanto en la convención sobre los del niño en su artículo 2°, como en la constitución política de Colombia, artículo 5°, así mismo participan representantes de instancias de participación de carácter infantil y adolescente ya existentes en el territorio.

FUNCIONES:

a)Representar las opiniones, inquietudes e iniciativas de los niños, niñas y adolescentes del territorio

b)Asesorar, hacer sugerencias e incidir en la toma de decisiones a todo lo largo del ciclo completo de las políticas públicas de infancia y adolescencia, y de las políticas referidas a otros campos de desarrollo territorial: diseño, implementación, seguimiento evaluación

c)Consultar con sus pares y asesorar en materia de políticas públicas sobre infancia y adolescencia a las administraciones públicas y otros organismos públicos o privados.

d)Emitir opiniones, elevar observaciones, propuestas y apoyar los mecanismos de vigilancia y control social

e)Presentar propuestas a la administración para promover la participación significativa niños, niñas y adolescentes a la gestión pública y en todos los otros ámbitos en los que se desenvuelva: espacios de trabajo con la primera infancia, instituciones educativas, familias y comunidades.

f)Realizar ejercicios de control social a instituciones públicas que desarrollen planes o programas para la garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

g)Adelantar acciones significativas y movilizadores con otros actores con el fin de intervenir situaciones que se consideren susceptibles de impacto por parte de los niños, niñas y adolescentes sin exponer su seguridad.

h)Organizar y coordinar el proceso de elección de los sucesores a la mesa de participación de niños, niñas y adolescentes, en concertación con la mesa de infancia, adolescencia y familia, con el liderazgo de la secretaria de educación municipal en articulación con la oficina de desarrollo social. 


OFICINA: Secretaría de Educación en articulación con la Oficina de Desarrollo Social 


COMITÉ DE ADULTO MAYOR


ACTO ADMINISTRATIVO: Decreto N° 218 del 08 de agosto 2024


INTEGRANTES: 

1.Alcalde Municipal O Su delegado

2.Gestora Municipal

3.Personero Municipal O Su delegado

4.Secretaría de Gobierno O Su delegado

5.Coordinadora De Desarrollo Social O Su delegado

6.Secretaría De Educación O Su delegado

7.Secretaría De Salud O Su delegado

8.Coordinador De Deportes O Su delegado

9.Ese Hospital Local O Su delegado

10.Gerente De Aseguramiento En Salud

11.Coordinador De Sisbén O Su delegado

12.Comisaria De Familia Municipal

13.Coordinadora De ICBF CZ O SNBF

14.Policía Nacional


FUNCIONES:

a)Construir un mecanismo de interlocución con responsabilidad y coordinación entre las organizaciones y redes comunitarias de personas mayores y la administración municipal que permita el control y seguimiento al bienestar, protección garantía de los derechos y deberes de las personas mayores, familia, sociedad


OFICINA: O. de Desarrollo Social 




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